Se informa desde el Ayuntamiento de Quintanar de la Orden que la Consejería de Economía, Empresas y Empleo de Castilla – La Mancha aprueba la convocatoria de subvenciones para la realización de proyectos de formación profesional y empleo en el seno de la empresa, línea 5 sectorial, para el año 2024.
Podrán ser beneficiarios:
- Las agrupaciones de una entidad promotora y una o varias empresas adheridas, que presenten una solicitud conjunta mediante un convenio que acredite la correspondiente agrupación.
- En un caso de que una entidad cumpla con las condiciones requeridas para ser entidad promotora y empresa adherida, las agrupaciones de dicha entidad con otra u otras entidades adheridas, que presenten una solicitud conjunta mediante un convenio que acredite la correspondiente agrupación.
- En caso de que una entidad cumpla con las condiciones requeridas para ser entidad promotora y empresa adherida, podrá presentar una solicitud de forma individual, en cuyo caso se sustituirá el convenio por una declaración responsable en la que consten los compromisos que asuma.
Los créditos destinados a la presente convocatoria ascienden a un total de 11.957.310,87 € procedentes de los fondos finalistas (Fondo 60), de la Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales y de la Conferencia Sectorial del Sistema de Cualificaciones y Formación Profesional para el Empleo, que se imputarán a las partidas presupuestarias del presupuesto de gastos de los ejercicios 2024 y 2026 de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo.
Los plazos de solicitudes de la línea 5 se abrirán a partir del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria hasta el 31 de octubre de 2024 incluido. No se admitirán a trámite aquellas solicitudes presentadas fuera del plazo establecido, resolviéndose su inadmisión.
Las solicitudes de subvención se dirigirán a la persona titular de la Dirección General de Formación Profesional para el Empleo y se presentarán de forma telemática con firma electrónica, a través del formulario incluido como Anexo I en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla – La Mancha (pincha aquí), al que se acompañarán los Anexos II y III. Al presentarse así, los documentos a aportar serán digitalizados y presentados junto con la solicitud como archivos anexos a la misma. No se admitirán a trámite las solicitudes presentadas por medios distintos.
Si de la comprobación de la documentación justificativa de las actuaciones se deduce la adecuada justificación de
la subvención en concepto de formación y gestión, así como el cumplimiento de las condiciones establecidas en la resolución de concesión, en la Orden 123/2021, de 30 de julio, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo y demás normativa aplicable, se procederá al abono de la subvención mediante un pago único.
No obstante, las subvenciones contempladas en concepto de formación y gestión se podrán abonar de forma anticipada, previa solicitud de la entidad beneficiaria, una vez dictada la resolución de concesión, de la siguiente forma:
a) El importe del pago anticipado con carácter previo al inicio del proyecto no podrá superar el 25% del importe concedido para la totalidad del mismo, y será solicitado mediante el anexo V. Igualmente, las entidades beneficiarias podrán solicitar un pago de hasta un 35% adicional, una vez acreditado su inicio, mediante la aportación del anexo VI. Asimismo, se podrá pagar, a petición de la entidad beneficiaria, un único anticipo de hasta el 60% del importe concedido, una vez acreditado el inicio del proyecto.
b) El 40 % restante del importe concedido se hará efectivo una vez finalizado el proyecto y debidamente justificados los conceptos subvencionados en los términos establecidos en el artículo 31 de la Orden 123/2021, de 30 de julio, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo mediante la aportación del anexo XII.